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ANTHROPIC vs licencias CCC o STIM. ¿Quién modela los modelos?
ANTHROPIC vs licencias CCC o STIM. ¿Quién modela los modelos?
Violeta Arnaiz Medina
Directora de Propiedad Intelectual, Inteligencia Artificial y Software
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Violeta Arnaiz Medina. Directora de Propiedad Intelectual, IA y Software.

Según la RAE, «antrópico» (del griego antropos, «hombre») significa «producido o modificado por la actividad humana». Y humana fue, efectivamente, la actividad que produjo los millones de libros que Anthropic empleó como material de entrenamiento de su familia de modelos Claude, razón por la que resultó demandada por los autores de varios de ellos. El negocio de Anthropic, que genera unos ingresos de más de mil millones de dólares anuales, pivota precisamente sobre esta tecnología, que permite que los usuarios y la máquina se comuniquen en lenguaje natural y cuyo desarrollo requiere de ingentes cantidades de textos.

Una parte de esos libros, que resultaron claves para el éxito de la herramienta, fueron legalmente adquiridos por Anthropic y luego escaneados para su conversión a un formato que los sistemas pudieran analizar. La sentencia dictada en por el juez Alsup en junio de este año, interpretada inicialmente como una victoria de Anthropic, dictaminó que la actividad de entrenar a Claude con esos libros entraba dentro de la excepción del fair use, al considerarse que el uso era «transformador», en el sentido de que existía una distancia muy grande entre el material reproducido y cómo este se mostraba o tenía reflejo en el resultado final. Sin embargo, otros de los libros que Anthropic utilizó no fueron adquiridos legalmente, sino descargados de sitios web «piratas». Y aquí viene la parte que empañó la tan cacareada victoria: el juez entendió que el entrenamiento de un modelo con libros a los que no se había tenido acceso lícito no cumplía los requisitos para ser considerado un uso justo o fair use y debía ser declarado infractor.

En julio, y tras conocerse la sentencia, esta parte del caso pasó a convertirse en una class action o demanda colectiva, que permite que otros afectados puedan unirse a ella.  Los autores de libros pirateados que han sumado hasta el momento ascienden ya a medio millón, lo que da idea de la transcendencia económica del caso. Anthropic ha movido ficha y, en una jugada conservadora -intenta evitar un pronunciamiento judicial desfavorable que, además, sirva como precedente para la resolución de casos similares- ha preferido alcanzar un acuerdo en el que controle los términos de la ecuación: lo que paga a los autores por libro utilizado -3.000 dólares- y los requisitos que deben cumplirse para que estos puedan ser indemnizados -entre otros, tener su obra registrada en la Oficina de Copyright de EEUU-. La indemnización total podría rondar los 1.500 millones de dólares. Pero, pese a existir un texto ya aprobado por los litigantes, el juez Alsup no lo tiene claro y ha paralizado el acuerdo hasta obtener más información, que las partes están ya emplazadas para aportar.

Suceda lo que suceda en este caso, la preocupación de los desarrolladores de LLMs por las consecuencias -financieras y legales- de las demandas por vulneración de derechos de autor interpuestas frente a ellos resulta evidente. Los fallos que se dicten en el marco de estos procedimientos definirán las normas del juego. Un juego en el que, hasta el momento, solo ha habido un ganador: los desarrolladores -que, por su parte, se defienden diciendo que, de no haber empleado la técnica de «mejor pedir perdón que permiso», esta tecnología no existiría-.

Llegados a este punto, los titulares de derechos están empezando a moverse. Hace solo un par de semanas la entidad de gestión sueca STIM -el equivalente a nuestra SGAE- anunció el lanzamiento de una licencia que permite el uso legal de grabaciones musicales para entrenamiento de modelos de IA -un modelo con ciertas similitudes con las del proyecto de licencias colectivas ampliadas que surgió hace un tiempo en España-. La licencia de STIM se combina con una tecnología denominada Sureel, que permite rastrear cualquier añadido hecho mediante IA en una obra de creación humana, dotando de trazabilidad al proceso. Este sistema, que aspira a convertirse en un estándar, permite a los creadores obtener ingresos proporcionales a la intensidad con que la IA usa sus obras, y a los desarrolladores entrenar sus modelos de manera segura y transparente. También Noruega acaba de alcanzar un acuerdo económico con las editoras de prensa del país para utilizar sus contenidos en un sistema de IA generativa que el gobierno está desarrollando. Y en Estados Unidos existen desde hace tiempo empresas como Copyright Clearance Center o CCC -citada, precisamente, en la demanda contra Anthropic como ejemplo de que existe una oferta legal para llevar a cabo estas actividades sin infringir derechos- que permiten utilizar contenidos protegidos bajo licencia.

Para muchos, entre los que me incluyo, un modelo de negocio que retribuya a todos los agentes que aporten valor a la cadena es la única solución sostenible a medio / largo plazo. Hay precedentes: si miramos por el retrovisor, recordaremos el proceso de reconversión digital de la industria de la música, y cómo mientras informáticos y abogados jugaban al ratón y al gato, afloraron modelos de negocio parasitarios -que se lucraban con la música sin pagar por ella-. Modelos que desaparecieron una vez el sistema se reajustó y se creó una oferta legal atractiva para usuarios y oferentes.

La IA ha venido para quedarse y la decisión sobre cómo la integramos en nuestro entorno productivo y qué papel damos a la creación humana en la cadena de valor que genera nos corresponde a nosotros -los humanos-. Y nos corresponde ahora. El futuro será antrópico o no será.

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