Recientemente, el mundo de la propiedad industrial ha sido testigo de una de las decisiones más trascendentales de la última década en el Reino Unido. La sentencia del Tribunal Supremo en el caso Emotional Perception AI Limited vs. Comptroller General of Patents ha supuesto el fin de una era, abandonando el test Aerotel para la patentabilidad de invenciones implementadas por ordenador, el cual ha sido por mucho tiempo el estándar para el análisis de este tipo de invenciones. Con este movimiento, el Reino Unido se alinea con el enfoque de la Oficina Europea de Patentes (OEP), consolidado tras la decisión G1/19 de la Alta Cámara de Recursos.
La invención en el centro de la disputa, desarrollada por Emotional Perception AI, es un sistema basado en una Red Neuronal Artificial (ANN, por sus siglas en inglés) diseñado para recomendar archivos multimedia (como música o vídeo) que evocan una respuesta emocional similar a un archivo de referencia. Lo hace analizando propiedades físicas y objetivas de los archivos y aprendiendo, a través de un proceso de entrenamiento, a replicar la percepción semántica y subjetiva humana. La Oficina de Propiedad Intelectual del Reino Unido (UKIPO) había rechazado la solicitud, argumentando que se trataba de un «programa de ordenador como tal», lo cual es una materia excluida de la patentabilidad.
El Pasado: La Era del Test Aerotel
Durante casi veinte años, la patentabilidad de desarrollos relacionados con el software en el Reino Unido se rigió por el test de cuatro pasos establecido en el caso Aerotel Ltd. vs. Telco Holdings Ltd. (2006). Este enfoque se centraba en determinar si la «contribución» real de la invención residía exclusivamente en materia excluida. Los pasos eran:
- Interpretar correctamente la reivindicación.
- Identificar la contribución real o sustancial.
- Preguntar si dicha contribución recae únicamente en materia excluida.
- Verificar si la contribución es de naturaleza técnica.
Este test, aunque bien establecido, generaba una divergencia notable con la práctica de la Oficina Europea de Patentes (OEP). La crítica principal a esta metodología de análisis era que el test Aerotel mezclaba indebidamente los requisitos de «invención» con los de novedad y actividad inventiva al centrarse en la «contribución sobre el estado de la técnica».
El Estándar Europeo: El Enfoque COMVIK y la Decisión G 1/19
Por su parte, la Oficina Europea de Patentes (OEP) ha consolidado con el tiempo su metodología a través del enfoque COMVIK (originado en la decisión T641/00). Este enfoque es a día de hoy el estándar para evaluar la actividad inventiva de invenciones que mezclan características técnicas y no técnicas.
El enfoque COMVIK postula que para el análisis de la actividad inventiva, solo se deben considerar las características que contribuyen al carácter técnico de la invención. Por su parte, las características no técnicas no se ignoran, sino que se integran en la formulación del problema técnico como una «restricción» que el experto técnico debe resolver.
En la decisión G1/19, la Alta Cámara de Recursos ratificó el enfoque COMVIK como la metodología correcta y universal para todas las invenciones implementadas por ordenador. Así, esta decisión estableció una metodología en dos pasos, donde el primer paso es determinar si la invención tiene carácter técnico, lo cual se cumple al tener la invención al menos un elemento técnico. Superado este umbral bajo, el análisis crucial se traslada al análisis de actividad inventiva, donde el enfoque COMVIK separa la parte técnica y la parte no técnica.
La Sentencia: El Reino Unido Adopta el Modelo Europeo
El Tribunal Supremo del Reino Unido, en su sentencia, reconoció esta divergencia como insostenible. Citando explícitamente la decisión G1/19 y la necesidad de armonización con el Convenio sobre la Patente Europea, el tribunal dejó inválido el test Aerotel.
La nueva doctrina británica adopta el enfoque de la Oficina Europea de Patentes (OEP), que se puede resumir así:
- Primera Valla (¿Es una «invención»?): Se pregunta si la reivindicación tiene carácter técnico. Si involucra al menos un elemento técnico la respuesta es sí. Esta valla es deliberadamente baja y se consideró que la invención de Emotional Perception AI la supera con creces.
- Segunda Valla (Novedad y Actividad Inventiva): Este es el núcleo del nuevo enfoque. Se deben identificar todas las características de la invención y separar aquellas que no contribuyen al carácter técnico de la invención en su conjunto. Sólo las características que contribuyen al carácter técnico (ya sea porque son técnicas en sí mismas o porque, aun siendo no técnicas, interactúan con los elementos técnicos de la invención para producir un efecto técnico) son consideradas en el análisis de actividad inventiva.
El resultado para Emotional Perception AI fue la anulación de la decisión de la UKIPO. Su invención no es un «programa de ordenador como tal» y debe ser examinada en cuanto a novedad y actividad inventiva bajo este nuevo paradigma.
Conclusión: ¿Qué es Patentable en el Ámbito del Software?
Esta decisión histórica trae consigo una claridad muy necesaria para empresas y particulares dedicados a la innovación.
En las invenciones que se enmarcan en el ámbito del software, la patentabilidad ya no depende de una «contribución» abstracta, sino de si la invención proporciona una solución técnica a un problema técnico. El uso de un ordenador ya no es un mero «disfraz» para una idea de negocio, sino el medio para ejecutar una solución técnica. El software que controla hardware externo, que mejora el funcionamiento interno de un ordenador o que procesa datos de una manera técnicamente significativa para lograr un propósito técnico, es claramente patentable si es nuevo e inventivo.
En particular, para las invenciones en el campo del software y en el ámbito de la biotecnología, este nuevo enfoque permite la protección de nuevas invenciones en campos como la bioinformática o los diagnósticos médicos asistidos por IA, como aquellos que hacen uso de Redes Neuronales Artificiales (ANN), donde el software procesa datos biológicos para producir un resultado con un propósito técnico claro y tangible: un diagnóstico, una predicción de riesgo, una clasificación con relevancia médica. De esta forma, se pueden proteger soluciones donde el software no se limita a presentar información, sino que la transforma para resolver un problema técnico.
La sentencia en Emotional Perception AI solidifica que, tanto en el Reino Unido como en la Oficina Europea de Patentes (OEP), el valor de una invención en el ámbito del software no reside en la elegancia de su algoritmo en abstracto, sino en el efecto técnico que logra en el mundo real. Para la floreciente industria del software biomédico y la IA en la salud, esta es la seguridad jurídica que tanto tiempo llevaban esperando.
Escrito por: Dennis Cumba Chamorro. Ingeniero de Patentes. Agente de Patentes Europeas. Area de Patentes y Desarrollo Tecnológico PONS IP.

